La AFIP extendió el plazo para acceder a los beneficios previstos en la Ley de Alivio Fiscal
Condonación de deudas: El nuevo plazo para acceder al perdón fiscal será del 1° al 18 de abril. La condonación de deudas pueden solicitarla entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias. También abarca deudas inferiores a 100 mil pesos de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME.
Para ingresar su solicitud deberán ingresar a la página web de la AFIP, dentro del servicio “Condonación de deudas – Título I – Ley 27.653” con clave fiscal nivel de seguridad 3.
En caso de que la AFIP detecte inconsistencias o la falta de alguno de los requisitos necesarios para acceder al beneficio, los contribuyentes podrán manifestar su disconformidad hasta el 18 de abril.
Moratoria: La adhesión al plan de regularización está habilitada hasta el 29 de abril. El plan de facilidades de pago permite solicitar el beneficio por deudas impositivas, aduaneras o de la seguridad social, incluidos intereses, multas y demás sanciones firmes relacionadas, vencidas al 31 de agosto de 2021.
Contribuyentes cumplidores: Los contribuyentes cumplidores tendrán tiempo hasta el 18 de abril para acceder a los distintos beneficios establecidos en la ley de alivio fiscal. Los monotributistas podrán acceder a la eximición del componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del período fiscal mayo de 2022.