El listado de las actividades que volverán a partir del 27 de abril en Santiago del Estero

A partir del 27 de abril, en Santiago del Estero volverán de manera paulatina algunas actividades, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido el 20 de marzo y prorrogado hasta el 26 de este mes.

Estas son las actividades propuestas por la provincia de Santiago del Estero al Gobierno Nacional a fin de entrar en vigencia como permitidas a partir del 27/04/2020, cumpliendo siempre con los protocolos sanitarios:

1) Oficinas de Dirección General de Rentas de la Provincia y Municipales, con guardias mínimas para mantener solo la continuidad de actividades esenciales de cada repartición, cumpliendo los protocolos sanitarios y con personal no comprendido entre la población considerada de riesgo.

2) Actividad registral desempeñada por el Registro de la Propiedad Inmueble dependiente del Ministerio de Economía de la Provincia, Registros Notariales y de la Propiedad Automotor y Gestorías, conforme protocolos aprobados por Autoridad Competente, con sistema de turnos y guardias mínimas con personal indispensable, en el horario de 8 hs a 13 hs.

3) El comercio minorista, en los rubros de indumentaria, calzado, marroquinería, electrónica, electrodomésticos, juegos y juguetes, cuidado personal, pinturerías, materiales para construcción, decoración y artículos de librería e insumos informáticos, podrán vender mercaderías ya elaboradas a través de diversas plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con los compradores.

Se realizarán mediante entregas a domicilio a realizarse en el horario de 16 hs a 20 hs de lunes a viernes (no incluye feriados), con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística, con presencia de personal mínimo e indispensable solo tres veces a la semana para preparar envíos.

En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

4) Atención médica y odontológica programada de seguimiento de enfermedades crónicas y de carácter preventiva, laboratorios de análisis clínicos y de estudios por imágenes, con presencia en consultorio o a domicilio, con turnos previos en el horario de 15 hs a 20 hs, respetando los protocolos establecidos por cada Colegio Profesional previamente aprobados por el Ministerio de Salud de la Provincia.

5) Ópticas con turno previo de dos pacientes por hora, dentro del horario de lunes a viernes de 8 hs a 13 hs., los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud del personal mínimo e indispensable.

6) Empresas de seguros y servicios de verificación de siniestros que permitan realizar los pagos por arreglos de todo tipo de vehículos afectados. La atención de trámites y cobros únicamente en forma digital, en ningún caso con atención al público en forma presencial.

7) Procesos industriales textiles, de metal-mecánica y otros específicos, con autorización previa del Ministerio de la Producción.

8) Servicio de transporte público, frecuencias diarias comprendidas entre las 6 hasta las 21, únicamente con pasajeros sentados que cuenten con su autorización emitida por el sistema de control de circulación y observando los protocolos de sanidad establecidos por el Ministerio de Salud.

El transporte semipúblico de taxis y remises, servicios a domicilio solicitados vía telefónica o virtual de 6 hs. a 21hs., con un único pasajero que también debe contar con la autorización emitida por el sistema de control de circulación, sentado en el asiento trasero del vehículo o para traslado de mercaderías o bultos acompañado del correspondiente comprobante de compra, quedando prohibido levantar pasajeros en la vía pública bajo pena de sanciones y multas.

9) Se recuerda la obligatoriedad del uso del barbijo (casero o tapa nariz y boca) para quienes transitan la vía pública o permanezcan en lugares públicos. Así mismo, para disminuir el riesgo de contagio se deberá mantener el distanciamiento entre personas y el lavado de manos con agua y jabón en forma permanente.

10) Las autorizaciones para transitar se realizan a través de la página www.circulando.sde.gob.ar para todas las personas y entidades encuadradas en las actividades autorizadas.

‘Se comunica a todos los interesados que, los Ministerios de Economía y Producción de la Provincia recibirán durante esta semana, las solicitudes de comercios y empresas para autorizar su actividad y circulación, que les permitirá poder comenzar a funcionar, respetando los protocolos respectivos, sin inconvenientes a PARTIR DEL LUNES 27 DE ABRIL’.