Veda electoral en las PASO: las actividades que estarán prohibidas
Este domingo 12 de septiembre las PASO definirán quienes serán los candidatos a senadores y diputados nacional en las elecciones generales del 14 de noviembre. En ese marco entrarán en vigencia diversas restricciones propias de la veda electoral, las mismas se encuentran fijadas por el Código Nacional Electoral y tendrán vigencia desde las 8 de la mañana del viernes 10 de septiembre y se extenderá hasta el cierre de urnas del domingo posterior a las 18 horas.
Restricciones durante la veda:
– Están prohibidos los actos proselitistas hasta el domingo en que finaliza la votación, es decir está prohibido cualquier tipo de propaganda política de cualquier precandidato.
– Están prohibidos la realización de espectáculos masivos o reuniones públicas que no refieran al acto electoral.
– A partir de las 20 horas del sábado 11 de septiembre se encuentra prohibido la venta de bebidas alcohólicas.
Penas
Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta. El Código Electoral Nacional establece que “se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas”.
Esa norma también reprime, en el artículo 131, con la misma pena de 15 días a 6 meses de prisión al “empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto” de prohibición por la autoridad electoral.
La pena prevista para quien “con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo” (artículo 140), es de 2 meses a 2 años de cárcel. Mientras que a quien “utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio” (artículo 141) se lo castigará con hasta 3 años.
A los ciudadanos, además, se les podrá cobrar una multa entre $10.000 y $100.000 si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación. Lo mismo aquellos que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.
En lo que respecta a los candidatos, si no cumplen con la veda, podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años. También dejan de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.