Atentado a Cristina Kirchner: la Justicia Federal rechazó la excarcelación de Agustina Díaz

Agustina Díaz quedará por ahora presa. La Cámara Federal porteña rechazó este jueves 22 de septiembre la excarcelación de la joven detenida por el intento de homicidio de la vicepresidenta Cristina Kirchner por los riesgos para la causa que implicaría darle la libertad.

Así lo determinaron los jueces Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, luego de analizar los argumentos de la defensa y de escuchar las palabras del abogado de la ex presidenta.

Según indicaron fuentes judiciales, el fallo respaldó la decisión de la jueza María Eugenia Capuchetti de mantenerla detenida.

La defensa habló de ausencia de peligros procesales que ameriten el encarcelamiento preventivo de Díaz.

Subrayó que su clienta no tiene antecedentes penales, tiene arraigo, una familia continente y estudios en progreso. No posee ingresos propios, ni su familia tiene medios que le faciliten la posibilidad de profugarse.

A su criterio, no había “prueba objetiva que permitiera determinar de qué manera Agustina Díaz podría entorpecer la investigación; más aún cuando fue ella misma quien proporcionó a la justicia las contraseñas de su computadora, su teléfono móvil y el chip de su antiguo celular, para colaborar con la investigación y demostrar su ajenidad en los hechos”.

Pero tanto la fiscalía como la querella de Cristina Kirchner rechazaron el planteo.

El abogado de CFK Marcos Aldazabal insistió en que se hallaba corroborado el riesgo de entorpecimiento de la investigación –a partir de las referencias que surgen de las conversaciones sobre la intención de destruir prueba y al haberse verificado mensajes efectivamente borrados.

Precisamente, los miembros de la Sala I de la Camara Federal tuvieron su primer contacto con la causa escuchando los mensajes entre Brenda Uliarte y Agustina Díaz que derivaron en su detención. “Matá a quien vos quieras y ocultá las huellas”, le decía Agustina por ejemplo.

Los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi sostuvieron que “los sucesos imputados a Agustina Díaz fueron encuadrados provisoriamente por el Ministerio Público Fiscal en los delitos de homicidio en grado de tentativa, agravado por haberse cometido con alevosía, premeditación y por el empleo de un arma de fuego, en calidad de partícipe secundaria y, subsidiariamente, en el delito de encubrimiento en calidad de autora”. Y señalaron que “en esa línea, esta elevada penalidad incide negativamente en la ponderación de la conducta que podría adoptar en caso de recuperar su libertad”.